Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO Castilla y León | 4 diciembre 2024.

Convocadas 1000 plazas para la cualificación profesional de Gerocultor

  • Castilla y León es la última Comunidad en realizar la convocatoria

14-12-2011. Finalmente se ha producido la convocatoria, largamente esperada, que dará a las personas que trabajan en la categoría de Gerocultor el reconocimiento oficial de su capacitación para ejercer una profesión que en realidad llevan ejerciendo en algunos casos durante más de 20 años

14/12/2011.
Dependencia

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El Boletín Oficial de hoy, 14 de diciembre, publica la Orden de la consejería de Hacienda por la que se convoca, en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, los procedimientos de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación para unidades de competencia de cualificaciones profesionales de las familias profesionales de Servicios Socioculturales y a la Comunidad.

A esta familia pertenece el conjunto de profesionales que en la actualidad están desempeñando plazas de Gerocultor.  Para esta categoría, se convocan 1000 plazas, bajo la denominación de unidades de competencia de la cualificación profesional «Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales» (Nivel II).

Por otro lado, también se convocan otras 1.000 plazas para las unidades de competencia de la cualificación profesional «Atención sociosanitaria a personas en el domicilio» (Nivel II).

Quienes deseen participar en este procedimiento deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española, tener el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea, o ser titular de una autorización de residencia o de residencia y trabajo en España en vigor, según lo establecido en la normativa española de extranjería e inmigración.

b) Tener 20 años cumplidos cuando se trate de unidades de competencia de nivel II y III, en el momento de realizar la inscripción.

c) Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar:

1.º- En el caso de experiencia laboral, justificar al menos tres años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos diez años transcurridos antes de realizarse la convocatoria.

2.º- En el caso de formación, justificar, al menos, 300 horas, en los últimos diez años transcurridos antes de realizarse la convocatoria.  En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en estos módulos.

Las personas mayores de 25 años, que reúnan los requisitos de experiencia laboral o formativa indicados pero no puedan justificarlos mediante los documentos que se determinan, podrán solicitar su inscripción provisional en el procedimiento, siempre y cuando presenten justificación de su experiencia laboral o aprendizajes no formales de formación.

La Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial nombrará una comisión que se encargará de estudiar estos casos, y emitirá un informe sobre la procedencia o no de la participación del candidato en el procedimiento. Si el informe es positivo, se procederá a la inscripción definitiva.

La justificación de la experiencia laboral se hará con los siguientes documentos:

a) Para trabajadores y trabajadoras asalariados:

1.º- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina, o de la mutualidad laboral en la que se tenga afiliación, en la que conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación.

2.º- Contrato de trabajo o certificación de la empresa donde haya adquirido la experiencia laboral, en la que se conste específicamente la duración de los períodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad. La certificación de la empresa deberá realizarse, preferentemente, siguiendo el modelo del Anexo III, o al menos recoger todos los datos que figuran en el citado Anexo que estará también disponible en la sede electrónica de la administración de la Comunidad de Castilla y León, http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es.

b) Para personas que pertenezcan a órdenes o congregaciones religiosas y desempeñen puestos de trabajo de la categoría de «Cuidador», «Gerocultor» o similar en instituciones sociales, de «Asistente a personas con gran dependencia» o de «Auxiliar de Ayuda a Domicilio»: certificado de quien ostente la representación de la orden o congregación en el que consten específicamente las actividades y funciones realizadas, el año en el que se realizaron y el número total de horas dedicadas a las mismas.

Es importante saber que para una misma cualificación profesional no se podrán presentar instancias en dos centros diferentes, ya que este hecho conlleva la exclusión del candidato.

Criterios de admisión.

La Orden establece que tendrán preferencia para la admisión en el procedimiento que se convoca aquellos solicitantes cuya situación laboral sea de ocupado u ocupada por cuenta propia o por cuenta ajena, en el entorno profesional y funcional definido en la cualificación profesional cuyas unidades de competencia se quieran acreditar y estén prestando servicios en el momento de presentar la solicitud.

Y entre quienes cumplan con esta condición, la Orden también establece una preferencia, que dice que para el reconocimiento de unidades de competencia relacionadas con la cualificación profesional de «Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales», quienes estén desempeñando puestos de trabajo de la categoría de «Cuidador», «Gerocultor» o similiar en instituciones sociales.

Y para el reconocimiento de unidades de competencia relacionadas con la cualificación profesional de «Atención sociosanitaria a personas en el domicilio», quienes estén desempeñando puestos de trabajo de la categoría de «Asistente personal a personas con gran dependencia» y «Auxiliar de ayuda a domicilio».


El plazo de solicitud comienza mañana, día 15, y finalizará el próximo día 13 de enero de 2012.

Todos los afiliados de la FSS-CCOO CyL recibirán en su domicilio entre los días viernes 16 y sábado 17 una guía práctica con el resumen de los contenidos principales de la Orden, así como el modelo de solicitud.

El documento adjunto es la Orden de convocatoria, en el que se explica con profundidad el procedimiento para la obtención del correspondiente certificado de profesionalidad, e incluye tanto las unidades de cualificación como los modelos de solicitud correspondientes.



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