Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO Andalucía | 3 mayo 2024.

Nota informativa de CCOO sobre el cambio de horas de Ayuda a Domicilio para las personas con dependencia

CCOO Informa que desde el 19 de julio está en vigor el aumento de las horas de atención del Servicio de Ayuda a Domicilio

  • Desde CCOO de Andalucía se ha exigido al Consejo del IMSERSO la modificación de oficio de las horas de prestación de las personas que ya estaban haciendo uso del Servicio de Ayuda a Domicilio, pues, en caso contrario, se estaría incurriendo en una discriminación entre las personas usuarias por el momento en que solicitaron la prestación, especialmente al tratarse de personas en situación de vulnerabilidad."

03/10/2023.
Foto: Freepik

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"El pasado mes de julio se publicó el Real Decreto 675/2023, de 18 de julio, que establece un importante incremento en las horas de la prestación del servicio de ayuda a domicilio, pero este incremento sólo se va a aplicar de forma automática a las solicitudes que lleguen con posterioridad a la entrada en vigor de la norma. Aquellas personas que ya estuvieran haciendo uso de la prestación de Ayuda a Domicilio deberán solicitar la modificación de su Programa Individual de Atención para que se les aplique el incremento de horas del servicio. En la hoja informativa que se adjunta está toda la información relevante sobre el tema.

Grado I: pasa de 10-20 horas/mes al intervalo de 20 a 37 horas/mes

Grado II: pasa de 21-45 horas/mes al intervalo de 38 a 64 horas/mes

Grado III: pasa de 46-70horas/mes al intervalo de 65 a 94horas/mes

1.- Esta modificación se aplicará desde esa fecha a todas las resoluciones de PIA nuevas.

2.- Las personas que ya tienen reconocidas el número de horas según el intervalo anterior tienen que solicitar la revisión de su Plan Individual de Atención (PIA). Esto es especialmente importante para las personas que tienen reconocido el número mínimo y máximo de horas de cada Grado, ya que hay un importante crecimiento de las horas de atención.

3.- Para solicitar la revisión de PIA hay que rellenar el formulario de Revisión de PIA que se puede encontrar en las Delegaciones Provinciales y Central de la Junta de Andalucía, también en los Servicios Sociales Comunitarios, y en el siguiente enlace https://www.juntadeandalucia.es/agenciadeserviciossocialesydependencia/images/solicitudes/Solicitud_revision_de_PIA.pdf

4.- Donde y como se entrega la Solicitud:

- En la Ventanilla electrónica de la Junta de Andalucía con firma electrónica. Es la vía más rápida. https://www.juntadeandalucia.es/agenciadeserviciossocialesydependencia/ved/

- En las Delegaciones provinciales y Central de la Junta de Andalucía

- En los Servicios Sociales Comunitarios

Desde CCOO de Andalucía reivindicamos que la Administración de la Junta de Andalucía establezca una revisión de oficio, para evitar un trato desigual a personas en función del momento en el que se concedió la prestación, y favorezca a las personas con más dificultades para solicitar las revisiones. Recordar que El tiempo medio de resolución en Andalucía supera los 530 días.

 

Documentación asociada
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