Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO Andalucía | 3 diciembre 2024.

Modificaciones del manual de permisos, licencias y vacaciones del SAS

    La FSS-CCOO Andalucía informa de los puntos que se han modificado del Manual de permisos, licencias y vacaciones del SAS, tras su aprobación en la Mesa Sectorial de 12 de julio:

    12/07/2023.

    • Artículo 15. Permiso para concurrir a consultas, tratamientos y exploraciones médicas y hospital de día. A partir de ahora se tiene derecho a acompañar a los hijos /as hasta los 18 años.

    • Artículo 17. Permiso por lactancia de un hijo menor de 16 meses. Se podrá solicitar la sustitución del tiempo de lactancia por un permiso retribuido que acumule en jornadas completas el tiempo correspondiente, con un máximo de 40 días naturales (50 días naturales en caso de parto múltiple).

    • Artículo 21. Permiso por accidente o enfermedad grave de familiar, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo domiciliario. Desaparece la obligatoriedad de presentar informe médico de necesidad de cuidados en domicilio.

         21.2 Duración:

    a) Cónyuges, pareja de hecho o parientes hasta el primer grado por consanguinidad o afinidad, así como cualquier otra persona distinta de las anteriores que conviva con el profesional o la profesional en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella: Cinco días hábiles (independientemente de la localidad de residencia del/la trabajador/a).

    b) Familiar dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad: Cuatro días hábiles (independientemente de la localidad de residencia del/la trabajador/a).

    • Artículo 28. Permiso para víctimas del terrorismo. Nuevo permiso que permite una reducción de jornada, adaptación del horario o aplicación de flexibilidad en el horario de trabajo a las personas que ostenten la condición de víctimas del terrorismo, para su protección y asistencia social integral por secuelas provocadas por la acción terrorista.

    • Artículo 30. Licencia por asuntos particulares. Se disfrutarán dentro de cada año natural y hasta el 31 de enero del año siguiente. El centro deberá facilitar su disfrute en este período.

    Falta por incluir en el Manual el nuevo permiso parental de 8 semanas para progenitores con hijos/as menores de 8 años, dado que se está pendiente del desarrollo normativo por parte de Función Pública. Asimismo, CCOO se ha reiterado en la necesidad de volver a convocar otra mesa técnica este mes para incluir el permiso parental y el resto de modificaciones solicitadas del manual.