MADRID

El BOCM publica el procedimiento para la acreditación Excepcional y Provisional para gerocultoras

    Con fecha del 17 de julio, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), el procedimiento para la concesión de las habilitaciones de carácter Excepcional y Provisional para los profesionales pertenecientes a la categoría de Gerocultor y que no cuenten con la acreditación oficial de la cualificación correspondiente a su categoría profesional en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

    19/07/2019.
    Dependencia.

    Dependencia.

    Con fecha del 17 de julio se ha publicado en el BOCM el procedimiento para la concesión de las habilitaciones de carácter Excepcional y Provisional para los profesionales pertenecientes a la categoría de Gerocultor/a y que no cuenten con la acreditación oficial de la cualificación correspondiente a su categoría profesional en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

    Requisitos para la Habilitación Excepcional

    Haber desempeñado funciones de Gerocultor/a.Tener acreditada experiencia laboral, al menos 3 años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en dicha categoría, en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2006 y 31 diciembre de 2017.En el supuesto de no tener la experiencia señalada en el párrafo anterior, tener acreditada, en el mismo periodo, la formación relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar, con un mínimo de 300 horas.

    Requisitos para la Habilitación Provisional

    En el supuesto de no tener los requisitos de la Habilitación Excepcional, podrás participar en el procedimiento de Habilitación Provisional cumpliendo los siguientes requisitos:

    Haber trabajado con anterioridad al 31 de diciembre de 2017.Comprometerse a participar en los procesos de evaluación y acreditación de la experiencia laboral.Realizar la formación vinculada a los correspondientes certificados de profesionalidadObtener la acreditación en la categoría profesional antes del 31 de diciembre de 2022.

    Nota: Los requisitos relativos a las acreditaciones profesionales serán exigibles cuando finalicen los procedimientos hasta el 31 de diciembre del 2022 y en caso de no participar en los procesos de evaluación y acreditación de la experiencia citada o no realizar la formación vinculada a los certificados en el plazo establecido la Habilitación Provisional dejará de tener efectos.

    Solicitudes: según modelo publicado en BOCM

    Documentación a aportar junto con la solicitud:

    − Contrato de trabajo o certificado de empresa (según modelo) donde conste la categoría del trabajador (grupo de cotización)

    − Número de años con contrato y el número total de horas trabajadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2017.

    Plazos: del 1 al 31 de octubre de 2019, ambos inclusive.

    Lugar: Presencialmente en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid, Ayuntamientos, Administración del Estado.

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