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CCOO logra que más de 20.000 profesionales de la Sanidad pública gallega sean incluídos en la carrera profesional

  • El Tribunal Superior de Justicia de Galicia da la razón al sindicato y considera que la carrera forma parte de las condiciones de trabajo, por lo que no puede haber discriminación de ningún tipo

18/12/2019.
Rueda de prensa de la FSS-CCOO Galicia.

Rueda de prensa de la FSS-CCOO Galicia.

La Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO de Galicia (FSS-CCOO Galicia) logra que más de 20.000 trabajadoras y trabajadores de la Sanidad pública sean incluídos en la carrera profesional del Sergas y de las entidades adscritas a la Consejería de Sanidad. El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) da la razón al sindicato y considera que la carrera forma parte de las condiciones de trabajo, por lo que no puede haber discriminación de ningún tipo. Asimismo, el Alto Tribunal condena a la Administración al pago de las costas judiciales, unos 1500 euros.

En una rueda de prensa que tuvo lugar el 16 de diciembre en la sede de Galicial de CCOO, la secretaria general de la FSS-CCOO Galicia, Emilia Lamas, su antecesor, Ángel Cameselle, la secretaria de Organización de la Federación, Luz Fernández, y la asesora jurídica del sindicato, Lidia de la Iglesia, explicaron que la carrera profesional del Sergas parte de un acuerdo logrado el 29 de octubreo de 2017, en el que la Administración se comprometía a negociar esta demanda como parte de las esigencias sindicais para desconvocar la huelga que estaba prevista en el ámbito sanitario.

Un acuerdo discriminatorio

Emilia Lamas recordó que «el acta del acuerdo de desconvocatoria de huelga recoge que la carrera profesional sería para todo el personal». Sin embargo el posterior acuredo entre el SERGAS y los sindicatos CIG, UGT, CSIF, SATSE e CESM, recogido en la Orden de 20 de julio de 2018, dejaba fuera a numerosos colectivos, más de veinte mil personas. Por esta razón, CCOO se negó a ratificar la carrera profesional y no firmó el mencionado acuerdo.

Durante las negociaciones, CCOO recordó al resto de sindicatos y a la Administración que había sentencias en otras comunidades autónomas que prohibían discriminar al personal en el acceso a la carreira profesional. «No pueden alegar desconocimiento, porque informamos de estas circunstancias», incidió Lamas. La portavoz de Comisiones Obreras indicó que «los propios servicios jurídicos de la Consejería, antes de la publicación de la Orden, alertaban en un informe de que el contenido podía no ser ajustado a derecho».

En estas circunstancias, la FSS-CCOO Galicia inició el año pasado la vía jurídica para defender los derechos de las personas excluídas de la carrera profesional. El TSJG admitió a trámite en diciembre la demanda presentada por los servicios jurídicos del sindicato y ahora, un año después, se conoce la sentenciaa, que le da la razón a esta organización.

La Justicia anula tres puntos de la carrera

La sentencia del TSJG deja sin efectos tres puntos de la carrera profesional del Sergas, de manera que acaba con las discriminaciones. En primer lugar, anula el grado inicial de la carrera, que carecía de mejoras económicas. También anula la restrición de participación exclusiva del personal fijo en el régimen transitorio y excepcional; Así podrá participar todo el personal que cumpla el requisito de tiempo trabajado, sea cual sea su vínculo con la Administración. Finalmente, anula el requisito de haber obtenido la de trabajadora o trabajador fijo antes del 31 de diciembre de 2011 para poder participar en la convocatoria del año 2020.

Esto supone, que gracias a la intervención de la FSS-CCOO Galicia, todo el personal del Sergas —fijo, interino, sustituto, eventual, funcionario o laboral— puede optar a cobrar la carrera profesional, siempre que cumpla el requisito de tiempo trabajado. Todo el personal tiene derecjo a optar al régimen transitorio y excepcional —encuadramiento.

Una vez que se ejecute la sentencia —sea por voluntad de la Administración o tras una nueva sentencia del Tribunal Supremo que ratifique la actual—,l os efectos laborales y económicos se aplicarán retroactivamente desde el 1 de enero de 2019 para todo el personal excluído.

Ejecución de la sentencia

A pesar de que la Consejería aún puede recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo, CCOO no vaticina que el Alto Tribunal enimende el fallo del TSJG, ya que este mismo año se pronunció en términos similares sobre la carrera profesional en las Islas Baleares, «prohibiendo expresamente cualquier tipo de discriminación», apuntó Lidia de la Iglesia, abogada del sindicato.

Por esta razón, en la mesa sectorial del pasado viernes, 13 de diciembre, CCOO pidió a la Administración la ejecución de la sentencia y que no obligue al personal a comenzar con reclamaciones individuales para hacer valer sus derechos a la espera de la sentencia definitiva del Supremo, «que poría tardar un año», como apuntó la abogada de CCOO.

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