CCOO acuerda que más de 3.000 profesionales laborales fijos de la Comunidad de Madrid puedan trasladarse de puesto de trabajo

    Más de 3.000 profesionales laborales fijos, cuya relación profesional se rige por el Convenio Colectivo de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, podrán solicitar hasta el 30 de septiembre de 2019 su traslado a otro centro o lugar de trabajo, manteniendo su nivel y categoría, en virtud de un acuerdo firmado por CCOO y el Gobierno regional. El procedimiento llevaba sin ser convocado desde el año 2005.

    30/07/2019.

    CCOO ha negociado y acordado el desarrollo de este procedimiento que afecta, principalmente, a las categorías de Auxiliar de Servicios, que incluye las vacantes de más de 600 plazas para traslados, y de Auxiliares de Control e Información, aunque contempla la mayoría de las categorías existentes en el Convenio Colectivo. El sindicato espera que el procedimiento finalice antes de que termine 2019.

    El objeto de la presente convocatoria es la provisión, por el procedimiento de concurso de traslados, de los puestos de trabajo que se indican en el Anexo I de la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCAM), correspondientes a las Áreas de actividad/Grupos /Categorías profesionales /Especialidades que se indican en el mismo. Comprende todos los puestos de trabajo ocupados por personal laboral temporal que no están sujetos a reserva de puesto, así como aquellos que se encuentran vacantes, con la excepción de los que se encuentran afectados por los procesos de estabilización y funcionarización previstos en las disposiciones adicionales novena y decimosegunda del convenio colectivo, y los de las categorías a extinguir.

    Voluntarios y sin indemnización

    Los traslados derivados de esta convocatoria son de carácter voluntario y no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno. El destino adjudicado como consecuencia del presente concurso de traslados será irrenunciable, salvo que la resolución del concurso se demore más de un año contado a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. En caso de admisión de renuncias, los puestos de trabajo afectados se considerarán desiertos. Igualmente, en el caso de que el adjudicatario de un puesto de trabajo, en el momento de la incorporación al mismo, no acreditara cumplir alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, el puesto se considerará desierto y, en su caso, el adjudicatario se mantendrá en su puesto de origen.

    Los participantes solo podrán optar por aquellos puestos que sean de su misma categoría profesional y área de actividad y, en su caso, especialidad requerida.

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