Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO País Valencià | 9 febrero 2026.

Condiciones laborales del personal residente

  • Datos de interés sobre tu residencia.

16/01/2026.
Residentes

Residentes

Consulta este folleto para informarte sobre tus condiciones laborales como personal residente:

- En castellano.

- En valencià.

Y PARTICIPA EN ESTA ENCUESTA, queremos conocer tus condiciones laborales para mejorarlas y apoyar la organización del personal residente. [Tiempo estimado: 1 minuto]

¿Cómo se mejoran las condiciones laborales de los residentes?

La normativa reguladora de las condiciones del personal residente es el Real Decreto 1146/2007 por el que se regula la relación laboral de residencia para la formación de especialistas en ciencias de la salud.

Es, por tanto, una normativa de ámbito estatal. En nuestro territorio, además, se incluyen mejoras negociadas por determinados comités de empresa o en la Mesa Sectorial, como por ejemplo la cuantía de las horas de guardia.

Como se trata de personal laboral (a diferencia del resto, que es estatutario, regido por el Estatuto Marco), la falta de regulación ha de encontrarse en el Estatuto de los Trabajadores. Por tanto, toda modificación que exista en este estatuto se debe aplicar al personal residente. Por ejemplo, la última normativa en relación a los permisos por enfermedad, accidente o muerte de familiares o la conciliación de la vida laboral y familiar.

¿Y qué pasa con aquello que no está regulado en ningún sitio?

La normativa española permite la Negociación Colectiva. Como es para este colectivo diferente del estatutario, esto se realiza a través de los Comités de Empresa.

¿Cómo se conforma un Comité de Empresa?

A través de las elecciones sindicales (EESS) para elegir a los y las representantes de este personal. Una vez existe representación de personal ha de conformarse el comité de empresa entre los distintos representantes elegidos, que son quienes tienen la potestad para negociar con la empresa. En el caso de los residentes la empresa es la Administración.

¿Cuántos comités existen en nuestro territorio?

Uno por provincia: en Alicante, Castellón y Valencia.

Si no has oído hablar del comité en tu provincia, esto es porque NO se ha constituido. Solamente los años en los que CCOO ha tenido una amplia mayoría o ha formado parte de la representación de personal residente se ha constituido el Comité.

Resumiendo:

  • Se convocan elecciones sindicales (cada 4 años).
  • Se eligen a los y las representantes del conjunto del personal en residencia (por 4 años).
  • Los delegados y delegadas o los sindicatos que los apoyan, constituyen el Comité y se comunica a su empresa, la Conselleria de Sanitat.
  • Se solicita negociación acerca de un punto o puntos determinados.

¿Qué ha ocurrido tradicionalmente en nuestro territorio? Que los sindicatos con mayor número de representantes no constituyen los comités de empresa.

¿Cuál es la causa? No existe una explicación oficial, pero sí varias pistas. La más evidente: las horas sindicales (el crédito horario) no las utilizan los y las representantes elegidos, sino las organizaciones sindicales bajo cuyas siglas se presentaron.

Algunos datos para situarnos:

  • Alicante: 23 representantes × 30 horas → 690 horas/mes
  • Castellón: 13 representantes × 30 horas → 390 horas/mes
  • Valencia: 23 representantes × 30 horas → 690 horas/mes

La pregunta es inevitable: ¿Para qué se están utilizando esas horas de liberación del trabajo?

En el año 2020 se convocó una huelga de personal residente. Como los comités de empresa no estaban constituidos (solo el de Valencia) se constituyó, a petición de CCOO, el Foro de personal Residente, con los sindicatos con representación en los distintos comités provinciales (se hubieran o no constituido). El resultado de este foro fueron unos acuerdos para este personal, algunos de ellos no se han llevado a cabo. Otros, por contra, son normativa estatal o europea de obligado cumplimiento, como por ejemplo, los descansos entre jornadas, los descansos semanales o los descansos tras una guardia.

Otros, como por ejemplo, el observatorio de cumplimiento de los acuerdos, no se ha puesto en marcha.

Sí que aumentaron las retribuciones, solo en aquello en lo que puede incidir la Conselleria de Sanidad, que es el complemento de residencia (el segundo más alto de España) y en la hora de guardia, que también aumentó ligeramente.

Por tanto:

  1. Para negociar ha de haber representantes.
  2. Esos representantes se organizan en comités de empresa.
  3. Se pactan mejoras laborales con la administración a través de la presión del conjunto de la plantilla.
  4. Se ponen en marcha y se fiscaliza el cumplimiento.

Si no tienes representación o no es efectiva, no obtendrás nada.

Pero tú, personal residente, eres el presente y el futuro de la sanidad. No te dejes manipular.

Confía en CCOO.

Acércate a CCOO y plantea tus dudas, preguntas, exigencias y todo aquello que consideres que necesitas. Algunas de tus reivindicaciones ya existen pero no se ponen en marcha porque quien las tiene que poner no quiere o no sabe.

¿Qué hacer? Movilízate, organízate

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