Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO País Valencià | 3 diciembre 2024.

Residentes: retribución justa y sin explotación

    Para Comisiones Obreras, ser residente significa formarse en una especialidad sanitaria, pero en ningún caso debe servir para suplir las deficiencias de la plantilla ni para utilizar a este personal como mano de obra barata.

    26/04/2022.
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    CCOO siempre ha apostado por la negociación de un convenio colectivo para el personal residente dependiente de la Conselleria de Sanidad, que mejore sus retribuciones y sus condiciones de trabajo.

    Con la creación del Foro Autonómico del Personal Laboral en Formación, este sindicato ha conseguido establecer un marco legal para la negociación de mejoras salariales y formativas de todo el personal residente de la Conselleria de Sanidad (EIR, MIR, BIR, FIR, QIR). Se han alcanzado importantes acuerdos como: mejoras salariales en el complemento de residencia desde el 1 de enero de 2021, abono de las dietas en las guardias de atención primaria, un incremento de hasta 70 h. para asistencia a cursos, máster y otras cuestiones formativas o la creación de un órgano supervisor de las condiciones de trabajo del personal en formación especializada en ciencias de la salud.

    CCOO ha conseguido además, el derecho al abono de 54 horas de guardia en caso de Incapacidad temporal para este personal, así como el pago del 100% de las retribuciones en situaciones protegidas por maternidad y lactancia recogidos en el Plan de Igualdad.

    Aun así queda todavía mucho camino por recorrer en la mejora de las condiciones de trabajo y formativas. CCOO sigue apostando por:

    • La equiparación de las condiciones de trabajo, permisos, licencias y vacaciones con el personal estatutario.
    • Garantizar la tutorización del personal residente y la puesta en marcha del órgano supervisor de las condiciones de trabajo del personal residente.
    • La planificación de los programas docentes en los que prime la formación sobre la asistencia.
    • Limitación del número de guardias obligatorias, garantizando la libranza tras la salida de guardia y una jornada máxima semanal de 48 horas en cómputo semestral.
    • Continuar avanzando en las mejoras salariales, apostando por la homogeneización de las condiciones laborales a nivel ministerial, a través de la revisión del RD 1146/2003 por el que se regulan las condiciones de trabajo mínimas de este personal a nivel estatal.

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