Convocadas las pruebas para la obtención directa de los títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional para el curso 2016-2017

    13/02/2017.
    TSEL

    TSEL

    Se convocan las pruebas para la obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior
    de Formación Profesional correspondientes al curso académico 2016-2017, de los módulos
    profesionales de los títulos que se relacionan en el Anexo I para títulos establecidos
    por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo
    (en lo sucesivo LOGSE) y en el Anexo II para títulos establecidos por la LOE.

    1. El objeto de la presente Orden es convocar, establecer la organización y coordinar
    el procedimiento por el que se han de desarrollar las pruebas para la obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional que se celebrarán en el ámbito
    de la Comunidad de Madrid para el curso 2016-2017.

    2. La finalidad de estas pruebas es ofrecer a todas las personas la oportunidad de obtener
    directamente el título de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional.

    Requisitos para la matriculación en las pruebas:

    Para realizar la matriculación en las pruebas convocadas por la presente Orden, deben
    reunirse los requisitos siguientes:


    1. Tener, al menos, dieciocho años de edad para las pruebas de los títulos de Técnico
    y veinte años para las de Técnico Superior. La condición de edad se entenderá acreditada
    si se cumple durante el año natural en el que se celebran las pruebas.

    2. Poseer alguna de las titulaciones o formaciones que se enumeran a continuación:

    a) Para los títulos de Técnico:

    ? Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria
    o de un título de nivel académico superior.
    ? Estar en posesión del Título Profesional Básico.
    ? Estar en posesión del Título de Técnico.
    ? Estar en posesión del Título de Técnico Auxiliar.
    ? Estar en posesión del Título de Bachiller Superior.
    ? Haber superado los módulos obligatorios de un Programa de Cualificación
    Profesional Inicial.
    ? Haber superado el curso de formación específico para el acceso a ciclos formativos
    de grado medio en centros públicos o privados autorizados por una
    Administración educativa.
    ? Haber superado los dos primeros cursos del Bachillerato Unificado y Polivalente
    con un máximo, en conjunto, de dos materias pendientes.
    ? Haber superado el segundo curso del primer ciclo experimental de reforma de
    las enseñanzas medias.
    ? Haber superado, de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos, el
    tercer curso del plan de 1963, o el segundo de comunes experimental.
    ? Haber superado otros estudios o cursos de formación de los declarados equivalentes
    a efectos académicos con alguno de los anteriores.
    ? Haber superado la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio o
    grado superior.
    ? Haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de veinticinco
    años.
    ? Reunir alguna de las condiciones establecidas en el apartado b) de esta Orden,
    para la obtención de títulos de Técnico Superior.

    b) Para los títulos de Técnico Superior:

    ? Estar en posesión del Título de Bachiller determinado en la LOE.
    ? Estar en posesión del Título de Bachiller establecido en la LOGSE.
    ? Estar en posesión del Título de Técnico Especialista, Técnico Superior o equivalente
    a efectos académicos.
    ? Estar en posesión del Título de Técnico.
    ? Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato Experimental.

     

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