Más del 35% de los trabajadores de la Sanidad Pública madrileña son temporales

    CCOO exige negociación al Gobierno Regional para acabar con la actual situación de excesiva precariedad del empleo público y cumplir así las sentencias del Tribunal de Justicia Europeo

    21/09/2016.

    En los últimos días se han conocido dos sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Décima) de 14 de septiembre de 2016 sobre los asuntos acumulados C 184/15 y C 197/15, y C 16/15, sobre sucesivos contratos de duración determinada en el sector público.
     
    Esta situación, de concatenar contratos de corta duración son habituales en la sanidad pública madrileña. Actualmente, en el Servicio Madrileño de Salud, hay casi 70.000 trabajadores y trabajadoras, de los que casi 25.000 son eventuales o interinos, según la reciente publicación del propio SERMAS.
     
    A estos datos, hay que añadir las próximas jubilaciones que se van a producir en el sector, en los próximos años. Solo en Atención Primaria, más del 56% del personal fijo está entre 60 y 64 años, y en Atención Especializada, el 18,33% de los 5314 médicos especialistas, se jubilarán en los próximos 4 años. Para CCOO, estas cifras no hacen más que agravar la situación de inestabilidad laboral que se ha adueñado del sector público sanitario.
     
    CCOO recuerda que ya había alertado reiteradamente de la situación actual de precariedad en el empleo público y el abuso que se estaba cometiendo en la concatenación de contratos en las distintas Administraciones Públicas.
     
    CCOO entiende que los contenidos de las sentencias dictadas por los Tribunales Europeos son de aplicación en todos los sectores de empleo público, por lo que considera imprescindible la convocatoria de una OPE excepcional, en la que puedan ser convocadas el 100% de las vacantes y  que de solución a la precariedad en el empleo de la Sanidad
     
    Por ello, CCOO exige la apertura de un proceso de negociación que revise y adapte la actual normativa a las directivas comunitarias y a los pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, con un nivel de garantías para todo el personal temporal, sea su relación funcionarial, laboral o estatutaria, respetuosa con el principio de estabilidad en el empleo, de causalidad en la contratación temporal, manteniendo el empleo cuando exista fraude de ley o irregularidades en la contratación hasta su cobertura reglamentaria, y que garantice que cuando dicha cobertura ordinaria se produzca, el cese sea indemnizado en igualdad de condiciones que para el conjunto de trabajadoras y trabajadores fijos.

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