La Audiencia Nacional admite a trámite la demanda para la reclasificación de todas las categorías del SERMAS

  • CCOO reclama al Gobierno la "inmediata aplicación" del Acuerdo Marco para una Administración del Siglo XXI

La Audiencia Nacional ha admitido a trámite la demanda interpuesta por la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO (FSS-CCOO) ante la Audiencia Nacional. En su reclamación, CCOO pedía que se adoptaran medidas oportunas para la inmediata aplicación de lo establecido en el artículo 76 del TREBEP, dando así cumplimiento a lo recogido en el Acuerdo Marco para una Administración del Siglo XXI.

01/04/2024.
CCOO único sindicato que reclama en los tribunales la Reclasificación Profesional de todas las categorías del SERMAS

CCOO único sindicato que reclama en los tribunales la Reclasificación Profesional de todas las categorías del SERMAS

CCOO considera que, tal y como se establece en el acuerdo, la disposición transitoria tercera del TREBEP debe considerarse culminada, y, por tanto, concluido el proceso de implantación de las nuevas titulaciones, que establece el MECES, en los procedimientos de acceso a las Administraciones Públicas.

La denuncia de CCOO se materializa como sonsecuencia de las demoras injustificables que se están produciendo para dar cumplimiento al apartado cuarto del citado acuerdo, sobre la aplicación de la clasificación según el Art. 76 del TREBEP. Ya que en el personal estatutario del SNS no es necesario realizar ningún desarrollo normativo, ni de carácter reglamentario, puesto que sólo pueden prestar servicios en los distintos Servicios de Salud aquellos que acrediten estar en posesión de la titulación académica habilitante para la profesión a desempeñar .

Entendiendo además que, en el ámbito del personal estatutario al servicio del SNS, esta reclasificación debe afectar a todas las y los profesionales de la sanidad a los que se les exige la titulación académica de técnico de grado medio, que siguen adscritos al grupo de clasificación C2, en lugar del C1, y a profesionales a los que se les exige estar en posesión del título de Técnico Superior, los cuales siguen estando adscritos al grupo de clasificación C1 en lugar del grupo B, que es el que en derecho les corresponde.

 

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