El TSJ tumba la pretensión del sindicato SATSE de anular la figura de coordinador/a de técnicos/as en el SERMAS que defendió CCOO Sanidad Madrid

  • La justicia recuerda que los técnicos tienen funciones propias como profesionales del SNS avaladas por su titulación y no pueden ser asignadas a otros profesionales sin esta acreditación

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha tumbado la pretensión del sindicato corporativo SATSE en la Comunidad de Madrid que recurrió a la justicia para que anularan la figura de coordinador/a de técnicos/as en el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS), defendido por CCOO Sanidad Madrid, en el acuerdo de Mesa Sectorial de Sanidad de 26 de enero de 2022, en la que se creó esta figura.

08/02/2024.
Nuevo revés de la justicia a SATSE

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SATSE impugnó la creación de este/a responsable con el argumento de que no existía informe preceptivo y favorable de la Consejería de Hacienda de la Comunidad de Madrid, que se habían incumplido las normas de procedimiento y que existían vicios formales.

Sin embargo, la sentencia desestima todas las pretensiones de SATSE señalando que si existe el informe favorable de Hacienda, no es necesaria memoria de análisis de impacto normativo y que el sindicato denunciante cofunden un principio jurídico básico que es “la naturaleza del acuerdo impugnado”, ya que no se trata de una disposición general sino de un acuerdo entre las organizaciones sindicales de la Mesa Sectorial con el SERMAS, que avala la necesidad y oportunidad de la creación de estos puestos de coordinadores de Técnicos Superiores Especialistas.

Pugna contra técnicos

El tribunal recuerda también a SATSE que la categoría que pretendían tumbar es una figura “válida y legítima porque es fruto de la negociación colectiva que hay que respetar y es un procedimiento especial convencional, por lo que no se está vulnerando legislación alguna como pretende SATSE. Además, "el sindicato actor (SATSE) ha tenido la oportunidad de expresar su opinión" en dichas negociaciones, subraya la sentencia.

A juicio de CCOO, en contra de la clásica, infundada y clasista pugna de SATSE contra estos profesionales, la justicia expresa que son profesionales con funciones propias y exclusivas al ser profesionales titulados del Sistema Nacional de Salud (SNS) y que ningún profesional sin dicha titulación puede realizar dichas funciones que su formación y competencia les reconoce. Además, ninguna de las normas que cita este sindicato atribuye a sus titulados las funciones de dirigir, supervisar, coordinar o evaluar la actuación o ejercicio profesional de los Técnicos Superiores.

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