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    TABLA DE COOKIES UTILIZADAS
    CookieDuraciónTipoPropósitoIntrusividad
    PHPSESSID, SERVERID, Incap_ses_*_* y visid_incap_* Sesión Imprescindibles Mantener la coherencia de la navegación y optimizar el rendimiento del sitio web 1
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CCOO celebra la publicación en el BOE de la Ley de la Ciencia que mejora las condiciones laborales del personal de investigación

    El sindicato valora de forma muy positiva la publicación de la Ley por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. La norma incorpora numerosas propuestas de CCOO que mejoran las condiciones laborales del personal de investigación, y también en el Sistema Nacional de Salud (SNS).

    06/09/2022.
    Fuente: Prostooleh/Freepik

    Fuente: Prostooleh/Freepik

    Acaba de publicarse en el BOE la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. La Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO (FSS-CCOO) ha trabajado estrechamente con el resto de federaciones del Área Pública de CCOO (Enseñanza y Servicios a la Ciudadanía), así como con diversas asociaciones profesionales, como la Asociación Nacional de Investigadores Hospitalarios (ANIH), para hacer llegar a los grupos políticos enmiendas que se han incorporado al articulado de la Ley mejorándolo en diversos aspectos.

    La Ley es fundamentalmente una modificación de la Ley 14/2011, que sigue vigente con estas modificaciones, y también modifica algunos aspectos de la Ley 14/2007, de Investigación Biomédica. La nueva Ley recoge importantes avances respecto a las leyes vigentes, como son:

    1. La garantía, por primera vez, de una financiación pública de la I+D estable y creciente para converger con Europa: un 1,25 % del PIB en 2030 (se trata solo de la inversión pública, que ahora es del 0,6% del PIB aproximadamente.). Se establece así un horizonte a medio plazo de financiación de los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
    2. Nuevo ‘contrato de actividades científico-técnicas’ para el personal científico y técnico asociado a líneas de investigación. Es un contrato indefinido, exento de tasa de reposición, que se usará también para líneas financiadas con fondos europeos (incorporada a petición de CCOO).
    3. Reforma del ‘contrato de acceso de personal investigador doctor’ y creación de una nueva certificación R3 para facilitar la estabilización, tanto de estos programas como de otros investigadores doctores con experiencia. 
    4. Reforma del ‘contrato de investigador/a distinguido/a’ para limitar su uso a la incorporación de investigadores/as y tecnólogos/as de gran prestigio, y no como mecanismo de falsa estabilización. Los contratos de investigador distinguido vigentes tienen que revisarse en el plazo de seis meses para adecuarlo a las modalidades contractuales vigentes, sin computar en la tasa de reposición.
    5. Indemnización por fin de contrato para los contratos predoctorales y de acceso, tanto para los contratos nuevos como para los contratos vigentes ahora. Prórroga del cómputo de duración de estos contratos por permisos y excedencias por situaciones personales o de conciliación.
    6. Modificación profunda del artículo 85 de la Ley 14/2007, de Investigación Biomédica, que define la carrera investigadora en el SNS. 
    7. Simplificación de la justificación de subvenciones.
    8. Se protege la posición pública cuando se transfieren derechos sobre los resultados de la investigación.
    9. Medidas para fomentar la igualdad en el sector, como la obligatoriedad de que “los agentes públicos del sistema” dispongan de protocolos contra el acoso sexual o la creación de un distintivo de igualdad de género para los centros de investigación, universidades o centros de innovación que les reportarán beneficios.
    10. Se reconoce el valor de la ciencia como bien común

    CCOO valora positivamente los avances conseguidos en la modificación de la Ley de la Ciencia para reducir la precariedad y ampliar derechos para todo el personal de investigación y recuerda que a través de sus aportaciones y enmiendas se ha conseguido, entre otras cosas:

    • Impulsar el desarrollo de la carrera investigadora y la carrera profesional de todo el personal de investigación sanitaria del SNS.
    • Considerar personal de investigación tanto al personal investigador como al personal técnico y al personal de gestión.
    • Limitar la contratación temporal exclusivamente a los proyectos financiados con fondos del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia, extendiendo los beneficios de la reforma laboral a los proyectos financiados con otros fondos europeos competitivos.
    • Abrir la puerta al desarrollo de la carrera profesional para todo el personal de investigación, actualmente limitada al personal investigador funcionario, incluyendo ahora al personal técnico y de gestión de I+D+i y al personal laboral investigador.
    • Conseguir la indemnización cuando finalicen contratos predoctorales y de acceso.
    • Fomentar la carrera y la movilidad profesionales del conjunto del personal de investigación: científico, técnico y personal de gestión.

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