Los permisos retribuidos en la Sanidad Privada tienen que disfrutarse en días laborables aunque el hecho que lo motive ocurra en festivo

  • El Tribunal Supremo sentencia a favor de Comisiones Obreras
  • CCOO Sanidad Madrid exige que se aplique de inmediato la medida

El Tribunal Supremo da la razón a CCOO Sanidad Madrid y sentencia que cuando el trabajador de la Sanidad Privada tiene que pedir un permiso retribuido por una circunstancia que se produce coincidiendo con un día festivo o no laborable según el calendario laboral, la empresa tiene que concederle el permiso en un día laborable. 

02/07/2020.
Sentencia Supremo

Sentencia Supremo

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo en sentencia 257/2020 resuelve a favor de CCOO en este contencioso. El Alto Tribunal estima el recurso de casación y unificación de doctrina y afirma que "cuando el hecho causante sucede en un día no laborable -festivo o día establecido como no laborable en el calendario laboral- la finalidad y la propia esencia del permiso fuerzan a que tenga que iniciarse al siguiente día laborable inmediato...".

El Supremo reitera su jurisprudencia, tanto en el convenio colectivo del sector como en la ley, donde se habla de permisos retribuidos. Ésto evidencia que tales permisos se conceden para su disfrute en días laborables, pues en días festivos no es preciso pedirlos porque no se trabaja.

Ante esta resolución del Tribunal Supremo que viene a dar la razón a CCOO, desde el sector de Sanidad Privada reclamamos la aplicación inmediata de esta resolución.

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