Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO Euskadi | 26 abril 2024.

Publicada en el BOPV la convocatoria extraordinaria de carrera profesional de Osakidetza

    La convocatoria extraordinaria publicada hoy en el BOPV y firmada en julio del 2021 por CCOO, reactiva la carrera profesional en el Servicio de Salud, además, en condiciones ventajosas respecto a las convocatorias ordinarias.

    24/06/2022.
    Publicada en el BOPV la convocatoria extraordinaria de carrera profesional de Osakidetza

    Publicada en el BOPV la convocatoria extraordinaria de carrera profesional de Osakidetza

    El BOPV de hoy 24 de junio publica, al fin, la convocatoria extraordinaria de carrera profesional firmada por CCOO en julio del año pasado.

    El plazo para realizar la solicitud se iniciará a las 9:00 horas del 27 de junio y finalizará a las 14:00 del 22 de julio y se harán a través de la aplicación informática en https://lanbidegarapena.osakidetza.eus y en la web de Osakidetza. Además, Osakidetza facilitará a través de sus organizaciones de servicios los medios informáticos precisos para realizar la solicitud. Cada participante solo deberá realizar una única solicitud.

     

    A)Podrán participar en esta convocatoria quienes cumplan los siguientes requisitos:

    -Personal fijo con plaza en propiedad en Osakidetza deberá acreditar la prestación efectiva de servicios en Osakidetza, en la categoría desde la que se opta al reconocimiento, en situación de servicio activo o en excedencia para cuidado de familiares, por razón de violencia de género o en servicios especiales, durante al menos 1 año, prestado en los últimos 3 años previo al inicio del plazo de solicitud.

    -Personal fijo sin plaza en propiedad en Osakidetza deberá acreditar la prestación efectiva de servicios en Osakidetza, en la categoría desde la que se opta al reconocimiento, en situación de servicio activo o en excedencia para cuidado de familiares, por razón de violencia de género o en servicios especiales, durante los 3 años previos al inicio del plazo de solicitud.

    -Personal sin relación de empleo fijo en Osakidetza, deberá haber prestado al menos tres años de servicios en Osakidetza, en el transcurso de los cinco años inmediatamente anteriores al inicio del plazo de solicitud de la convocatoria.

     

    B)Se trata de una convocatoria extraordinaria que, como ya adelantábamos establece algunas ventajas hasta la firma de un nuevo modelo de Carrera. La principal de ellas es que todos los niveles de Carrera, del primero al cuarto, se reconocerán simplemente cumpliendo el requisito de servicios prestados en el grupo profesional desde el que se hace la solicitud a fecha de 31 de diciembre de 2021:

    -Nivel I: 5 años.

    -Nivel II: 11 años.

    -Nivel III: 18 años.

    -Nivel IV: 25 años.

     

    C)Respecto a la entrega o presentación de documentación, la convocatoria dice lo siguiente:

    “El o la profesional, efectuará su solicitud en la aplicación de Desarrollo Profesional y registrará y acreditará, si procede, los servicios prestados en otros servicios de salud del SNS o en otras administraciones en la aplicación de Curriculum Vitae. Aquellas personas cuyos servicios prestados fuera de Osakidetza-Servicio vasco de salud hayan sido ya validados solo habrán de registrar los nuevos servicios prestados alegados, aportando la documentación acreditativa correspondiente para su validación.

    La documentación acreditativa para la validación de los servicios prestados externos será documentación original o fotocopia compulsada de la misma, conteniendo esta compulsa la fecha, nombre y apellidos, y firma legible del o de la responsable de la compulsa. Osakidetza-Servicio vasco de salud podrá requerir a la persona interesada traducción jurada respecto a la documentación presentada en idiomas no oficiales de la CAPV.”

     

    D)El procedimiento será similar, por ejemplo, al de la declaración de la renta. Resumiendo mucho, será de la siguiente manera:

    Osakidetza hará una propuesta de asignación de nivel al hacer la solicitud, en función de los datos con los que cuenta. A partir de aquí, hay dos posibilidades:

    -Quien esté de acuerdo con el nivel asignado, debe manifestar de forma expresa que está de acuerdo. Al hacerlo, la asignación se entenderá como definitiva y se publicará en el BOPV en la relación definitiva de niveles asignados.

    -Quien no esté de acuerdo con el nivel asignado, tendrá que solicitar una revisión y/o subsanación mediante el formulario previsto para ello. Después de realizar la revisión, se publicará en la web de Osakidetza la resolución con la relación provisional de niveles acreditados. Contra esa resolución provisional se podrá presentar reclamación en el plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación. La respuesta a estas reclamaciones la dará Osakidetza mediante la publicación de la resolución definitiva de niveles.

     

    Tienes más información, incluido el importe de los diferentes niveles, en nuestra guía sobre la convocatoria extraordinaria que puedes encontrar aquí o en el lateral de esta noticia.

    CCOO apostamos desde el principio por la carrera profesional: Firmamos el acuerdo 2007-2009 que ponía en marcha la carrera para todo el personal de Osakidetza, independientemente de su categoría o de si es fija o no. Ahora, mantenemos nuestro compromiso con las trabajadoras y trabajadores con una convocatoria extraordinaria que facilita el acceso a los niveles. Mientras otras dicen que hacen, CCOO hacemos.