Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO Extremadura | 18 julio 2024.

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El SES exige a sus profesionales acreditación negativa del registro de delincuentes sexuales

    La Secretaría General del SES ha emitido una instrucción para la aplicación de la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor

    12/07/2016.
    profesionales SES

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    La Secretaría General del SES ha emitido una instrucción para la aplicación del artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor a los profesionales pertenecientes al Servicio Extremeño de Salud, en ella exige acreditar a traves de la correspondiente certificación negativa que se emite por el Registro Central de Delincuentes Sexuales, no haber sido condenando por sentencia firme por alguno de los delitos a que se refiere dicho artículo.
    Deberán aportar esta certificación muchos de sus profesionales que, fundamentalmente en el ámbito de su actividad asistencial, pueden tener contacto habitual con menores.
    La Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud está elaborando unas directrices para todos los servicios de salud pero dado que la Ley es ya de obligado cumplimiento la Secretaría General del SES dicta instrucciones para dar respuesta a las cuestiones más inmediatas, especialmente al modo de actuar ante el acceso de nuevos profesionales al Servicio Extremeño de Salud.
    Estas medidas afectan a todo el colectivo perteneciente a categorías sanitarias ya trabajadores sociales y celadores pues se ha valorado el término "contacto habitual" junto con el carácter preventivo y protector de la norma.
    Esta instrucción aclara los procedimientos para la acreditación según los diferentes supuestos, así como las diferenes formas de obtener dicha certificación.
    Recoge las consecuencias de la falta de acreditación y de la existencia de certificaciones positivas así como la exigencia a las entidades o empresas colaboradoras.