Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO Extremadura | 12 diciembre 2024.

NOTA DE PRENSA

CCOO se levanta de la mesa para actualizar el Estatuto Marco de Sanidad ante la falta de avances en la negociación con el Ministerio

    La Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO (FSS-CCOO) se ha levantado hoy de la mesa de negociación para actualizar el Estatuto Marco, ante la falta de avances en la negociación con el Ministerio. No en vano, las principales reivindicaciones de CCOO no son recogidas en la actualización del documento, como la figura de la jubilación parcial y los nombramientos de relevo, entre otras medidas. 

    27/04/2023.
    Logo FSS-CCOO

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    La FSS-CCOO ha abandonado hoy la mesa para actualizar el Estatuto Marco de la Sanidad debido a que a lo largo de las distintas jornadas y reuniones “no ha habido suficientes avances en la negociación con el Ministerio”. El sindicato ha quedado a la espera de que el Gobierno le emplace a una nueva reunión, con una nueva propuesta. 

    Entre las principales reivindicaciones de este sindicato que no son recogidas en la actualización del texto destacan:

    • No se contempla la creación de los nombramientos de relevo imprescindibles para el desarrollo de la jubilación parcial, algo que para esta organización es una línea roja. Para CCOO, no hay el compromiso suficiente para tener la herramienta que haga posible la jubilación parcial para el personal estatutario, cuando ésta sea negociada con el Estado. 
    • Otra línea roja para este sindicato es que no se recoge con claridad el desarrollo del Acuerdo para una Administración del Siglo XXI firmado por esta organización con el Ministerio de Función Pública y Hacienda, respecto de la reclasificación del conjunto de los profesionales, adecuando la clasificación en el grupo profesional a las funciones realmente desempeñadas y a la responsabilidad de éstas. 
    • No hay voluntad de derogar las distintas Ordenes preconstitucionales, vigentes en cuanto a las funciones, con una disposición transitoria que ponga todas las herramientas para que, en un plazo de tiempo fijado, se elabore un catálogo de funciones de todas las categorías.  
    • La nueva redacción no contempla posibilitar la integración de las enfermeras que están en posesión de la especialidad en plazas como enfermeras especialistas. 
    • La “tibia” redacción de los procesos de concursos de traslados abiertos y permanentes en todas las Comunidades, no garantiza su puesta en marcha en las distintas administraciones sanitarias. 
    • No se contempla en la norma de forma clara la obligatoriedad de las Administraciones Sanitarias de dar una formación continua para todas las categorías profesionales de manera habitual. 
    • Tampoco se refleja que las planificaciones de los recursos humanos a través de convocatorias no sean de forma habitual y se sigue dejando abierta la posibilidad, como hasta ahora, de no convocar ofertas de empleo periódicas, que acaben derivando en la precariedad que hemos tenido hasta ahora. 
    • En cuanto a la difícil cobertura, no se asume la reivindicación de la FSS-CCOO de que no son plazas sino centros de difícil cobertura, ya que no puede suponer una discriminación entre profesionales la difícil cobertura según las características de cada profesional y categoría. 
    • Que el concurso como sistema de selección y provisión de plazas sea algo extraordinario y en ningún caso un sistema habitual, que no guarde los principios de igualdad, mérito, capacidad, competencia y publicidad, es otra de las reivindicaciones no recogidas. 
    • La actualización no asegura la oferta de promoción interna al personal fijo, como derecho que tiene reconocido, perpetuando el actual sistema; en muchas administraciones sanitarias se deja arrinconada esta posibilidad, utilizando nombramientos temporales, lo que se ve reflejado en la escasez de convocatorias de oposiciones de promoción interna que privan del desarrollo de la carrera profesional del personal estatutario. 
    • No hay una apuesta definitiva por equiparar retribuciones entre los diferentes territorios, favoreciendo la captación de profesionales por aquellas Comunidades cuyas retribuciones sean mayores provocando un desequilibrio en la distribución de los recursos humanos que afecta a las carteras de servicios y que va en detrimento de la calidad asistencial de la población. 
    • No se articula la posibilidad de planificar las cargas de trabajo, con tiempos mínimos, para favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral. 
    • Además, se plantean una serie de medidas que suponen un retroceso en derechos: aumentan a 60 años la edad para solicitar la exención de noches y guardias; se mantiene la limitación de 15 minutos para la pausa de descanso en la jornada; aumenta el catálogo de faltas y sanciones; sigue sin considerarse como jornada nocturna el tramo horario de 7 a 8, entre otras.  
    • No se contempla de manera efectiva la implantación de la jornada de 35 horas semanales con carácter básico, recogida en el Acuerdo Marco para una Administración del Siglo XXI.