Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO Asturias | 27 abril 2024.

Movilidad voluntaria (2º ciclo de 2023)

  • Listados definitivos de puntuaciones y adjudicaciones de destinos funcionales

Publicadas en el BOPA la Resoluciones de 18 de enero de 2024, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se hace público los listados definitivos de puntuaciones y adjudicaciones de destinos funcionales en el proceso de movilidad voluntaria abierto y periódico, para el acceso a plazas estatutarias de la categoría de:

09/02/2024.

Pediatra de Atención Primaria

Farmacéutico/a

FEA en Análisis Clínicos

FEA en Anatomía Patológica

FEA en Anestesiología y Reanimación

FEA en Angiología y Cirugía Vascular

FEA en Hematología Y Hemoterapia

FEA en Medicina del Trabajo

FEA en Medicina Física y Rehabilitación

FEA en Medicina Intensiva

FEA en Microbiología y Parasitología

FEA en Nefrología

FEA en Neumología

FEA en Neurología

FEA en Obstetricia y Ginecología

FEA en Oncología Médica

FEA en Otorrinolaringología

FEA en Psicología Clínica

FEA en Psiquiatría

FEA en Cirugía Ortopédica y Traumatología

Higienista Dental

Técnico/a de Salud Pública

Enfermera/o

Ayudante de Servicios

Grupo Auxiliar Administrativo

Fisioterapeuta

Matrón/a

Técnico/a Especialista en Laboratorio

Técnico/a Especialista en Radiodiagnóstico

Trabajador/a Social

Celador/a

Técnico/a Cuidados Auxiliares Enfermería

Lavandera/o

Los concursantes que obtengan plaza cesarán en la que, en su caso, desempeñen, al tercer día hábil siguiente a la publicación de la presente Resolución.

Cuando el adjudicatario esté disfrutando permisos (excepto los reseñados en el párrafo cuarto del siguiente apartado) o vacaciones, que hayan sido concedidos con anterioridad a esta resolución, cesarán cuando finalicen los mismos.

A los efectos del cese se entenderá por plaza desempeñada, la efectivamente ocupada, con independencia de que sea en condición de destino definitivo, adscripción o destino provisional, comisión de servicios o promoción interna temporal, modalidad b).

La toma de posesión de la nueva plaza deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al del cese, si las plazas radican en el mismo concejo, o de siete días hábiles al del cese, si la plaza radica en distinto concejo. No obstante, si el concejo de la plaza adjudicada es distinto de la plaza anteriormente desempeñada pero coincidente con la de la residencia de la persona afectada, el plazo será de tres días hábiles.

El plazo de toma de posesión se reducirá a un día hábil para aquellos adjudicatarios de plazas en el concurso que ya viniesen ocupando plaza en el centro de destino adjudicado o en la localidad donde radique en virtud de comisión de servicio o reingreso provisional, adscripción provisional, promoción interna temporal, así como cuando no se produzca la incorporación efectiva al destino funcional obtenido por haberse autorizado una comisión de servicio.

Cuando la adjudicación de plaza suponga el reingreso al servicio activo el plazo de toma de posesión será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución definitiva del concurso. En el caso de que el procedimiento de movilidad implique un cambio de servicio de salud el plazo de toma de posesión será de un mes a contar desde el día del cese en el destino anterior

No obstante lo anteriormente dispuesto, a las personas que se encuentren en situación de incapacidad temporal, excedencia por cuidado de familiares o violencia de género, así como en situación de servicios especiales, riesgo durante el embarazo, lactancia y permisos por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral y por razón de violencia de género, podrá tomar posesión en la fecha en que así declare su voluntad de incorporación al puesto de trabajo adjudicado, aunque no exista una incorporación efectiva al mismo. Así, en estos casos, el personal que haya obtenido puesto de trabajo deberá comunicar por escrito estas circunstancias a los centros afectados (centro de origen y destino), aportando documentación acreditativa de los motivos alegados.