Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO Aragón | 24 noviembre 2024.

FSS-CCOO La Rioja gana el derecho a carrera y desarrollo profesional también para el personal temporal.

    FSS-CCOO logra el reconocimiento del derecho del personal temporal del SERIS a participar en el sistema de carrera y desarrollo profesional.

    05/05/2018.
    Carrera Personal Temporal La Rioja

    Carrera Personal Temporal La Rioja

     FSS-CCOO logra el reconocimiento del derecho del personal temporal del SERIS a participar en el sistema de carrera y desarrollo profesional. 

          La Sala del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja acaba de declarar contraria a derecho la exclusión del personal temporal y anula en ese punto la Resolución de la Presidencia del SERIS (Consejera de Salud) que aprobaba el modelo de carrera y desarrollo profesional. 

         El personal temporal ya puede ver reconocido su grado y percibir el complemento correspondiente con la misma fecha de efecto que el personal fijo. 

        FSS-CCOO se ha dirigido a la Consejería de Salud instando la inmediata habilitación de un cauce para que el personal temporal del SERIS pueda formalizar sus solicitudes, aportar la documentación precisa y ver reconocido su grado. 

    A instancias de la demanda presentada por la FSS-CCOO, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de La Rioja ha declarado que "la exclusión del modelo de carrera profesional y desarrollo profesional del personal estatutario y funcionario con nombramiento temporal es injustificada"

    En consecuencia, el Tribunal declara contraria a derecho la Resolución 9/2017, de 24 de febrero, de la Presidencia del Servicio Riojano de Salud, por la que se aprobaba el modelo y se regulaba el procedimiento de reconocimiento de los grados I, II, III y IV correspondiente al periodo ordinario de la carrera y desarrollo profesional del personal estatutario y funcionario al servicio de los centros e instituciones sanitarias del Servicio Riojano de Salud.

    El Tribunal anula dicha Resolución por cuanto a la exclusión del personal temporal se refiere y ordena que debe reconocerse al personal estatutario y funcionario temporal del SERIS se derecho a participar en el sistema de carrera y desarrollo profesional.

    La sentencia, de fecha 12 de abril de 2018, pone fin a un proceso judicial instado por Elena Sutil, Delegada Sindical de FSS-CCOO en el SERIS y los Servicios Jurídicos de la FSS-CCOO

    Esta sentencia es pionera en España por cuanto supone, más allá de casos particulares, la anulación de una disposición general tras declararla ilegal por discriminar injustificadamente al personal temporal. 

    Los Servicios Jurídicos de CCOO han fundamentado su demanda en la Directiva 1999/70/CE del Consejo Europeo, de 28 de junio de 1999 y la más reciente doctrina jurisprudencial del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

    Esta sentencia hace posible que todo el personal temporal del SERIS que acredite cinco años de servicios prestados (Grado I) pueda acceder al modelo de carrera y desarrollo profesional en las mismas condiciones que el personal fijo, el correspondiente complemento con la misma fecha de efectos. 

    Existen multitud de reclamaciones y demandas individuales actualmente paralizadas. Esta sentencia desbloqueará su tramitación y supondrá el reconocimiento del derecho a todos los reclamantes y demandantes.

    FSS-CCOO nos hemos dirigido ya a la Consejera de Salud y Presidenta del SERIS, que dictó la Resolución ahora anulada por ilegal, para que habilite a la mayor brevedad el cauce procedimental adecuado para que el personal temporal del SERIS que acredite los servicios prestados requeridos, pueda articular ya su solicitud y aportar la documentación correspondiente al objeto de ver evaluados sus méritos, reconocido su grado, y pueda, por fin, percibir el correspondiente complemento retributivo con la misma fecha de efecto que el personal fijo.

    El "nuevo acuerdo" de Carrera y Desarrollo, rechazado por FSS-CCOO, supuso la pérdida del 100% del complemento de carrera y desarrollo (a los grados II, III y IV sólo se abonó un 39%), así como de nuestros años de servicios prestados. FSS-CCOO mantenemos procesos judiciales en curso "peleando" la recuperación íntegra también de esos derechos.

    FUENTE: FSS CCOO La Rioja. Pulsa en el siguiente enlace para acceder a su página web: https://goo.gl/fQsg94