Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO País Valencià | 24 abril 2024.

Convalidado el Real Decreto Ley 14/2021 que se tramitará como proyecto de ley

  • El Real Decreto Ley 14/2021 publicado en el BOE de 6 de julio fue convalidado en todos sus términos aunque será tramitado como proyecto de ley

El compromiso alcanzado para su aprobación es que el proyecto de ley será tramitado con carácter de urgencia con la intención que en el mes de octubre ya sea aprobada la Ley derivada del mismo. Como ya informamos, el Real Decreto Ley aprobado traspone los contenidos del acuerdo alcanzado entre el Gobierno y las organizaciones sindicales más representativas en la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas.

23/07/2021.
área pública

área pública

La diferencia principal de este acuerdo con respecto a los acuerdos de 2017 y 2018 es que plantea la modificación del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público por la necesidad de dar respuesta a dos cuestiones ineludibles:

  • Conseguir que no se vuelvan a generar abusos en cuanto a la cobertura temporal prolongada en puestos vacantes que deben ser cubiertos de forma definitiva.
  • Asegurar que las personas que ya han sufrido este abuso en la contratación, por la falta de ofertas de empleo público, puedan optar, mediante la superación de los correspondientes procesos selectivos a un empleo público estable y, en su caso, tengan asegurada una indemnización por la situación generada por las administraciones incumplidoras.

El acuerdo, como sucede en cualquier negociación, no es todo lo que queremos. Lamentablemente no se ha conseguido eliminar la tasa de reposición de forma definitiva. Tampoco permite superar la tasa de reposición de forma que todos los puestos de trabajo estructurales, creados o no en RPT (Relación de Puestos de Trabajo) y ocupados de forma temporal desde los años 2018, 2019 y 2020, sean convocados en la oferta de empleo de 2021 y 2022.

Aunque estas cuestiones son fundamentales para prevenir futuros problemas en la gestión de puestos de trabajo en las administraciones públicas y su sector público, en la tramitación parlamentaria, se han observado puntos de vista basados en opiniones no fundamentadas en jurisprudencia y que ponen en riesgo la seguridad jurídica.

Las más destacadas o mediáticas, ni siquiera están incluidas en ninguna norma legal y, por tanto, solo son ideas y no son de aplicación.

La posibilidad de que las personas que ocupan de forma interina más de 10 años, puestos de trabajo vacantes que no hayan sido convocados a oferta de empleo público, ni cubiertos definitivamente por concurso de traslado puedan acceder porconcurso de méritos en lugar de por concurso oposición, es contraria a la doctrina del Tribunal Constitucional y así se avisa ya desde la abogacía del Estado y desde otros ámbitos. La incorporación de esta medida, tal y como se anuncia, pone en riesgo la seguridad jurídica y, por tanto, la viabilidad de los procesos selectivos.

Lo que sí está vigente es el RD 14/2021. Su disposición transitoria primera establece que los procesos de estabilización cuya convocatoria hubiera sido publicada con anterioridad a la entrada en vigor del RDL seguirán ejecutándose con arreglo a las previsiones de las respectivas convocatorias.

CCOO lamenta mucho los discursos que generan falsas expectativas y confusión entre las personas opositoras y que no obedecen al interés general que se debe perseguir.

Respecto al desarrollo del comprometido Proyecto de Ley, CCOO se mantendrá vigilante para que el acuerdo al que llegamos con el Gobierno, concretado en el Decreto 14/2021, sea fiel a lo acordado.

Nuestra principal preocupación se centra en el mantenimiento del empleo público, la reducción de la temporalidad, evitar que se generen nuevas bolsas de temporalidad de larga duración en vacantes y que todo proceso que se establezca y desarrolle guarde las garantías jurídicas suficientes para quienes quieren acceder de forma definitiva al empleo público, manteniendo los principios de IGUALDAD, MÉRITO Y CAPACIDAD.

CCOO no vende humo, ni juega con las expectativas de las personas, que tienen derecho a un empleo público de calidad y un acceso definitivo al mismo con seguridad jurídica.

FACEBOOK

TWITTER