Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO Cantabria | 28 marzo 2024.

CCOO reclama a Seguridad Social que corrija la derogación del reconocimiento de accidente de trabajo por Covid al personal sanitario y sociosanitario

    CCOO reclama al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que de forma inmediata y urgente vuelva a regular las disposiciones que afectan a la protección social frente al Covid contenidas en dicha norma. A día 9 de septiembre el número de profesionales sanitarios y socio-sanitarios contagiados por Covid asciende a 58.255 personas, y CCOO señala que la derogación de la protección social de este colectivo les expone gravemente, coincidiendo con el comienzo de la segunda oleada de la pandemia

    11/09/2020.
    CCOO reclama a Seguridad Social que corrija la derogación del reconocimiento de accidente de trabajo por Covid al personal sanitario y sociosanitario

    CCOO reclama a Seguridad Social que corrija la derogación del reconocimiento de accidente de trabajo por Covid al personal sanitario y sociosanitario

    El Pleno del Congreso de los diputados decidió ayer la no convalidación del Real Decreto-ley 27/2020, de 4 de agosto, de medidas financieras, de carácter extraordinario y urgente, aplicables a las entidades locales, que incluía dos medidas relacionadas con la protección social de las personas trabajadoras afectadas por Covid, y que, por tanto, han sido derogadas en el BOE de hoy. CCOO reclama al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que de forma inmediata y urgente vuelva a regular las disposiciones que afectan a la protección social frente al Covid contenidas en dicha norma.

    A día 9 de septiembre el número de profesionales sanitarios y socio-sanitarios contagiados por Covid asciende a 58.255 personas, y CCOO señala que la derogación de la protección social de este colectivo les expone gravemente, coincidiendo con el comienzo de la segunda oleada de la pandemia.

    Las dos medidas contenidas en el RD que han quedado derogadas son las siguientes:

    La consideración como contingencia profesional derivada de accidente de trabajo de las enfermedades padecidas por el personal que presta servicio en centros sanitarios o socio-sanitarios como consecuencia del contagio del virus SARS-CoV2 (Covid-19). La disposición adicional octava de la citada norma extendía el reconocimiento de estas situaciones a todos los contagios producidos desde el 1 de agosto de 2020 hasta que las autoridades sanitarias levanten todas las medidas de prevención adoptadas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, ampliando así la cobertura original que se había regulado limitada a la situación del estado de alarma en el art. 9 del Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo.El reconocimiento de la situación asimilada a accidente de trabajo de los periodos de aislamiento, contagio o restricción en las salidas del municipio donde tengan el domicilio o su centro de trabajo las personas trabajadoras de los sectores como consecuencia del virus COVID-19. La disposición final décima del RDL 27/2020, derogado ayer, ampliaba de igual modo la cobertura originalmente prevista para estas situaciones en artículo quinto del Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo.

    En ambos casos la administración de Seguridad Social ya no podrá reconocer estas prestaciones hasta que no se vuelva a producir una iniciativa legislativa que las reponga.

    CCOO reclama en este sentido que el Ministerio de Seguridad Social realice de forma urgente las actuaciones legislativas necesarias para resolver esta situación, reiterándole, una vez más, los riesgos que supone la utilización de “normas ómnibus” en las que se mezclan diferentes materias habida cuenta de la necesidad de convalidación parlamentaria que tiene la fórmula del Real Decreto-Ley.

    De la misma forma, CCOO ha reclamado al Ministerio que se aproveche esa subsanación para abordar las dos cuestiones que siguen pendientes de una solución correcta para garantizar la cobertura y extensión de ambas medidas. Concretamente, en lo referente al personal que presta servicios en centros sanitarios y socio-sanitarios, la cobertura de las personas que contrajeron la enfermedad con motivo de su desempeño profesional antes de la declaración del Estado de Alarma y la determinación de contingencia como enfermedad profesional.