Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO Madrid | 18 junio 2025.

Publicado el I Convenio Colectivo del Sector de Empresas de Servicios Funerarios Privados de la Comunidad de Madrid

  • La mayoría aritmética de CCOO en la representación de las personas trabajadoras consigue regularizar las relaciones laborales de los profesionales del sector

El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid ha publicado, el sábado 22 de febrero, el I Convenio Colectivo del Sector de Empresas de Servicios Funerarios privados de la Comunidad de Madrid, en el que CCOO es el sindicato mayoritario. Con este acuerdo se logran regularizar las relaciones laborales de todos los profesionales del sector.

24/02/2025.
Representantes de CCOO que han hecho posible la firma del convenio del Sector de Empresas de Servicios Funerarios Privados

Representantes de CCOO que han hecho posible la firma del convenio del Sector de Empresas de Servicios Funerarios Privados

Un acuerdo con el que las personas trabajadoras del sector consiguen, por primera vez en su historia:

La creación de un complemento “ad personam”, no compensable, no absorbible y revalorizable según la naturaleza del acuerdo del cual provenga.

La promoción de la categoría de auxiliar funerario a oficial funerario, transcurrido un año ocupando el puesto. Las personas trabajadoras que a la firma del convenio cumplan estos requisitos, promocionarán automáticamente.

Un complemento de nocturnidad, con un incremento del un 20% sobre el valor de la hora ordinaria. Y un complemento de festivos especiales, junto con sus noches respectivas remuneradas con 80 euros, para los días 25 de diciembre, 1 y 6 de enero.

Además, los desplazamientos geográficos será compensados con la cantidad de 0,19 euros, por kilómetros recorridos fuera de la Comunidad de Madrid, a computar desde el kilómetro cero de salida.

En el capítulo específico de permisos; se mejoran dichos permisos, se actualizan para adaptarlos a la legalidad vigente, y se añade un día de libre disposición a descontar de la jornada anual para el año 2025.

El pacto también incluye la creación de una excedencia por estudios, no superior a 12 meses ni inferior a 1 mes. Esta excedencia dará derecho a la conservación del puesto de trabajo. Y se incorpora una Disposición Adicional para, de manera inmediata, cualquier modificación de la jornada de trabajo, etc.

Nos quedan muchas cosas por conseguir, pero es el momento, de una vez por todas, de sentar las bases reguladoras para todos los trabajadores y trabajadoras de este sector. La vigencia de este convenio colectivo termina el 31 de diciembre de 2025, con lo cual estaremos de nuevo negociando los derechos laborales de las plantillas de este sector pasado el verano, y con ganas de nuevo de conseguir un nuevo convenio colectivo acorde a vuestras necesidades.

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