La Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO Madrid suscribe el acuerdo para la implantación del teletrabajo en los centros sanitarios adscritos al Servicio Madrileño de Salud.

    El sindicato ha llegado a un acuerdo en relación a la propuesta de Decreto de la Comunidad de Madrid que regulará el teletrabajo.

    12/04/2021.
    Teletrabajo

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    El sindicato ha llegado a un acuerdo en relación a la propuesta de Decreto de la Comunidad de Madrid que regulará el teletrabajo. Esto sólo ha sido posible después de conseguirse, a través de la presión y la negociación, mejoras en el borrador original. Especialmente importante ha sido la consecución de que sea la administración la que aporte, en cualquiera de los escenarios, los medios materiales e informáticos, ordenador y software, para el teletrabajo.Publicado Acuerdo para la implantación del teletrabajo en los centros sanitarios adscritos al Servicio Madrileño de Salud.

    El documento final siempre es mejorable, pero CCOO ha decidido finalmente que era importante cerrarlo con acuerdo y estar en la comisión de seguimiento del mismo. La Dirección General de Recursos Humanos ha aceptado bastantes de las aportaciones de CCOO, sindicato mayoritario de la Sanidad Madrileña. En el entorno del SERMAS, el teletrabajo constituye una modalidad para el desempeño profesional que ofrece ventajas en diversos aspectos, tales como la prevención de accidentes en el trabajo, especialmente in itinere, el desarrollo de una cultura del trabajo orientado a resultados o la sostenibilidad ambiental, además de facilitar la aplicación de las medidas que se puedan adoptar en materia de conciliación de la vida laboral y familiar, adaptación de ‘puestos y estados de cuarentenas, siempre y cuando la actividad profesional sea compatible con el teletrabajo.

    Para acceder al régimen de teletrabajo, se deberán reunir los siguientes requisitos:

    1. Encontrarse en situación de servicio activo.

    2. Tener un conocimiento suficiente de los procedimientos de trabajo que deben serdesempeñados de forma no presencial.

    3. Tener los conocimientos suficientes, informáticos y telemáticos, necesarios para realizar lasfunciones objeto del teletrabajo.

    4. Disponer de los recursos tecnológicos con los requerimientos técnicos que se indican en elapartado octavo del presente acuerdo. A estos efectos, la Gerencia facilitará ordenador yteléfono en aquellos casos en los que resulte imprescindible para el desempeño de las funcionesque haya que realizar en la modalidad de teletrabajo.

    5. Poder realizar el trabajo sin una supervisión directa continua.

    6. Tener capacidad para planificar el trabajo y gestionar los objetivos establecidos.

    Documentación asociada
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