CCOO firma el I Convenio Colectivo del Sector Funerario privado en Madrid y consigue regular las relaciones laborales de sus profesionales

  • Tras 15 meses de arduas negociaciones por la complejidad de las empresas que forman el sector en la región
  • Se acuerda un único texto legal aplicable a todos y todas las/los profesionales del sector y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023

12/02/2021.
Firmantes Convenio sector Funerarias

Firmantes Convenio sector Funerarias

La Federación de Sanidad y Servicios Sociosanitarios de CCOO de Madrid y la Asociación Nacional de Servicios Funerarios (PANASEF) han firmado el I Convenio Colectivo para todos/as los y las profesionales del Sector Funerario privado en la Comunidad de Madrid. La negociación que ha durado 15 meses, ha sido muy compleja, debido a la diversidad de empresas que componen este sector en la región y las diferentes casuísticas a la cuales están sometidas sus plantillas.

CCOO considera que, al margen de las numerosas mejoras que se han podido conseguir, es todo un logro para el sector poder aglutinar y regular la gran disparidad de conceptos en un único texto legal aplicable para todos y todas los/las profesionales.

El Convenio Colectivo tendrá una duración de tres años, hasta el 31 de diciembre de 2023, y entre los numerosos aspectos acordados, destaca:

- La regulación de las relaciones laborales de todos los/as trabajadores/as del sector en un texto único y común para todos/as ellos/ellas.

- La garantía para todos los/las trabajadores/as que a la entrada en vigor de este acuerdo, ostenten cuantías económicas por encima de lo pactado, no pierdan poder adquisitivo. Este concepto estará regulado por medio de un complemento personal (CPAR) que englobará la diferencia de lo acordado con lo que realmente cobra el trabajador/a.

- Una aclaración, mediante una Disposición Adicional, en la que se acuerda que la firma de este Convenio Colectivo no significa la anulación de cualquier pacto o acuerdo que las empresas tengan anteriormente con los trabajadores/as, siempre y cuando sea superior a lo pactado en este Convenio Colectivo.

- La contratación indefinida por parte de las empresas, una cobertura de vacantes indefinidas y de categoría superior, mediante la convocatoria interna de los trabajadores de esa empresa. Así como la posibilidad de jubilación parcial y anticipada por parte de los/las profesionales del sector.

- La consecución de un día de libre disposición en el año 2021 y dos días para el año 2022 y sucesivos, con lo cual se disminuyen las horas de jornada anual.

Una jornada de disponibilidad pactada, regulada y compensada, pudiendo llegar a las 1.500 horas anuales según el porcentaje de su aplicación.

- Permisos retribuidos más favorables para los profesionales del sector, con una regulación más clara en su aplicación, tanto para los permisos como para las reducciones de jornada y sus excedencias.

- Determinar el descanso por bocadillo, como tiempo efectivo de trabajo.

- La valoración de hora extraordinaria, el 35% adicional al valor de la hora ordinaria.

- El complemento de nocturnidad, equivalente al 20% del salario base mensual, correspondiente a cada categoría profesional.

- Un complemento de disponibilidad, equivalente a la cantidad anual de 1.110 euros anuales para el personal de oficio y 900 euros para las categorías restantes.

- Asimismo, previa petición, los/las trabajadores/as tendrán derecho a la concesión de anticipos a cuenta de sus haberes del mes en curso.

- El pago de nocturnidad los días 24 y 31 de diciembre; 5 de enero y festividad del 25 de diciembre; y 1 y 6 de enero, por la cantidad de 80 euros.

- El acuerdo de pago de gastos por desplazamientos geográficos: 0,16 euros por kilómetros.

- Unas tablas retributivas mas acordes a la realidad y homogéneas para todos los/as trabajadores/as del sector (siempre y cuando estén por debajo de lo pactado. Si estuvieran por encima se le aplicará el complemento del CPAR).

- La garantía, por cada año de vigencia del Convenio Colectivo, de una subida del IPC anual, mas un 0,50 en el año 2022, un 0,75 en el año 2023 y un 1% el año 2024, aún cuando se denuncie el convenio en diciembre del año 2023.

- Un régimen disciplinario con unas prescripciones y cancelaciones con tiempos más reducidos y favorables al trabajador/a, con unas sanciones laborales más beneficiosas que las actuales.

- Una regulación más estricta y detallada en referencia a la seguridad y salud en el trabajo.

- Y una promoción profesional encubierta para todos los auxiliares funerario a oficial funerario, acreditando un año de antigüedad en la categoría, entre otras mejoras.

Para CCOO, este acuerdo es un “logro para el sector”, ya que se encuentran regulados todos los derechos para sus profesionales en un texto único para su aplicación, con un avance bastante significativo en prácticamente todos sus apartados.

El sindicato firmante será garante a partir de este momento, y una vez constituida la Comisión Paritaria, de la interpretación, vigilancia y desarrollo del texto legal acordado, velando por la aplicación de lo pactado en todos y cada uno de sus artículos, en todas y cada una de las empresas, dentro del ámbito de aplicación de este Convenio Colectivo.

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