CCOO presenta requerimiento previo al Contencioso-Administrativo para la retirada de la privatización de la limpieza en el Marañón

  • La decisión de la Consejería de Sanidad vulnera principios constitucionales y legales del sistema sanitario y de la función pública

30/06/2020.
Limpiadoras Hospital Gregorio Marañón

Limpiadoras Hospital Gregorio Marañón

CCOO Sanidad Madrid ha formulado un requerimiento a la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid a fin de que la misma adopte las medidas oportunas para la retirada de la privatización de parte del Servicio de Limpieza del Hospital Universitario Gregorio Marañón (HUGM) que vulnera las normas y principios constitucionales y legales del sistema sanitario y de la función pública.

Si en el plazo de diez días la Consejería no paraliza o anula el lote 7 de licitación, el sindicato procederá de ‘modo inmediato’ a formular recurso contencioso administrativo contra la decisión. En el requerimiento CCOO exige el inmediato cese de dicha irregular actividad, y la reposición de las cosas al estado que tenían antes de iniciarse esta vía de privatización del Servicio de Limpieza, garantizando los derechos vulnerados como son: el derecho de libertad sindical y negociación colectiva (artículo 28.1 y 37 de la Constitución Española).

Según aclara el requerimiento, la actuación administrativa para privatizar parte del Servicio de Limpieza en el citado hospital se ha ejecutado “careciendo de procedimiento administrativo alguno que le sirva de cobertura legal y faltando por completo las potestades legítimamente atribuidas para su realización”.

Plantilla deficitaria

El Hospital Universitario Gregorio Marañón es uno de los cinco centros hospitalarios cuya limpieza no se externalizó en el año 2013, contando por tanto con recursos propios para acometer esta actividad, toda vez que recibió a distintos trabajadores, tanto estatutarios como laborales sujetos al convenio colectivo del personal al servicio de la Comunidad de Madrid.

La plantilla adscrita al Servicio de Limpieza, con la categoría de limpiadora estatutaria como la de auxiliar de hostelería y auxiliar de servicios, asciende a un total aproximado de 535 limpiadoras. Alcanzó un total aproximado de 640 efectivos debido a las contrataciones efectuadas con motivo de los refuerzos por la pandemia por COVID-19.

CCOO ha reclamado durante años que la plantilla de 535 limpiadoras en el hospital es deficitaria, faltando cincuenta y cuatro plazas sin cubrir, puesto que en el transcurso de estos últimos siete años no se ha procedido a sustituir al personal que ha ido accediendo a la jubilación, o ha sido declarado en situación de incapacidad permanente, ha fallecido, o ha abandonado el servicio por distintas causas, dando lugar a estas cincuenta y cuatro plazas libres que no han sido proveídas en modo alguno y que, a lo largo del año 2019, ha venido siendo reclamadas por los representantes sindicales a la Dirección del centro, tratándose en numerosas reuniones celebradas tanto con el director gerente como con la Dirección de Recursos Humanos del SERMAS.

Por todo ello, tanto la Dirección del HUGM como el SERMAS no sólo “ha incumplido el pacto alcanzado sino que además han dispuesto que estos cincuenta y cuatro puestos de trabajo sean externalizados vulnerando con esta actuación el derecho fundamental a la libertad sindical y a la negociación colectiva, por encontrarnos que esta decisión reordena los recursos humanos del SERMAS y es objeto de negociación colectiva” .

Múltiple vulneración

CCOO reclama que uno de los motivos necesarios para poder contratar de manera externa la realización de un servicio por parte de la Administración Pública, en cualquiera de sus dependencias, es que carezca de medios suficientes, tanto materiales como humanos. No es este el caso ya que el hospital cuenta con los medios humanos suficientes para acometer ese trabajo si se cumple con el compromiso de proveer las plazas vacantes.

Por tanto, en esta materia se está produciendo una vulneración del artículo 28.1 de la Constitución Española en relación con el artículo 37 de la misma en el sentido del derecho a la negociación colectiva, así como la vulneración de los artículo 12,13 y 80 del Estatuto Marco y del los artículos 37 y siguientes del Estatuto Básico del Empleado Público, así como el convenio colectivo para el personal laboral de la Comunidad de Madrid.

Además, el SERMAS no ha convocado a las Organizaciones Sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Sanidad, ni en la Mesa de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, ni se está respetando el Convenio colectivo para el personal laboral de la Comunidad de Madrid, para negociar las condiciones de los trabajadores afectados toda vez que a partir de la adjudicación del servicio y de su externalización se desconoce como van a convivir en el mismo centro personal propio del SERMAS con el de empresas privadas y externas, cuál ha de ser la distribución de esas tareas o de quién recibirían órdenes.

Tampoco se ha escuchado, ni informado, ni abordado este asunto con los miembros del Comité de Empresa, siendo esta actuación de todo punto sorpresiva tratando por tanto de reducir o eliminar cualquier capacidad de actuación por parte de los representantes de los trabajadores.

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