Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO Castilla y León | 28 marzo 2024.

12/02/2021

Reconocimiento de la COVID-19 como enfermedad profesional

    "Se debe extender este mismo derecho a la totalidad de actividades que se desarrollan en los centros sanitarios y sociosanitarios" Así de claro contestaba Ana Rosa Arribas, secretaria general de la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO de Castilla y Léon, sobre este asunto y muchas cosas más en esta entrevista para Noticias CyL Valladolid.

    12/02/2021.
    Ana Rosa Arribas, Secretaria General de la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO de Castilla y Léon

    Ana Rosa Arribas, Secretaria General de la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO de Castilla y Léon

    P. ¿Cómo se valora el reconocimiento del COVID-19 como enfermedad profesional?

     "No concreta y refleja un desconocimiento del sector y de los datos de contagio"

    R. Supone un evidente paso adelante, al reconocer el carácter de enfermedad profesional de las trabajadoras y trabajadores sanitarios y sociosanitarios. Pero no concreta y refleja un desconocimiento del sector y de los datos de contagio.

    Desde el inicio de la pandemia, CCOO viene reclamando el reconocimiento de enfermedad profesional para todos los contagios por Covid-19 producidos en el desarrollo de su trabajo para la totalidad de las plantillas de los sectores sanitarios y sociosanitarios, así como para el personal de las actividades esenciales que se contagió durante el primer estado de alarma, cuando se vieron obligados a trabajar de cara al público, sin ni siquiera disponer de mascarillas ni los más elementales equipos de protección.

    CCOO ha mantenido una línea de trabajo institucional, tanto en los espacios de Seguridad Social como en los de Salud Laboral y los estrictamente sanitarios con cada uno de estos Ministerios en los que se han presentado propuestas concretas basadas en evidencias científicas que avalan el reconocimiento de enfermedad profesional; una de las últimas mantenidas con el Ministerio de Seguridad Social el pasado 26 de noviembre.

    P. Pero, como más o menos apunta, solo afecta al personal del ámbito sanitario y sociosanitario.

    R. En efecto, por eso digo que es inconcreto. En ambos sectores operan profesionales sanitarios y no sanitarios que son susceptibles de contagiarse, como así lo demuestran los datos. Sin embargo, el decreto no lo especifica. Todas las categorías se han contagiado, porcentualmente con una incidencia muy similar. No tiene sentido, por tanto, ese sesgo. Por ello, no da una cobertura completa a todas las personas potencialmente afectadas por su empleo en centros sanitarios y sociosanitarios.

    P. El personal de limpieza que limpia una habitación también está expuesto al virus y, sin embargo, no tiene este reconocimiento.

    "Se debe extender este mismo derecho a la totalidad de actividades que se desarrollan en los centros sanitarios y sociosanitarios"

    R. Efectivamente, y no solo el personal de limpieza, también hostelería, celadores, administrativos, etc. Repito, que los datos públicos demuestran que estas categorías también se han contagiado y están expuestas al riesgo. Por ello, se debe extender este mismo derecho a la totalidad de actividades que se desarrollan en los centros sanitarios y sociosanitarios. Compartimos espacios, circuitos y riesgos.

    P. Se echa en falta a más colectivos que trabajan codo a codo contra la COVID-19, eso es lo que piden ustedes, que se amplíe ese rango. ¿A quiénes?

    R. En primer lugar, debemos poner de manifiesto que el Real Decreto no dice con claridad a qué categorías o colectivos se les aplicará esta consideración de enfermedad profesional. De hecho, en la exposición de motivos dice: “se acuerda avanzar en la protección de las y los profesionales que prestan servicios en centros sanitarios o sociosanitarios yque contraigan la COVID-19 en el ejercicio de su profesión durante la situación de pandemia”. Después, en el propio artículo 6, en el apartado 1, dice afectar al personal que, en el ejercicio de su profesión, durante la prestación de servicios sanitarios o sociosanitarios.Sin mencionar, por tanto, al personal de otras actividades no sanitarias.

    Entendemos que se debe incluir, explícitamente, a todo el personal que trabaja en centros sanitarios y sociosanitarios, realicen actividad sanitaria, no sanitaria o sociosanitaria. Personal de transporte sanitario, ayuda domicilio, servicios funerarios, así como al conjunto de actividades auxiliares que participan en la atención sanitaria y sociosanitaria, y que están expuestas al contagio. El riesgo, aunque mayor para los profesionales de primera línea existe para cualquier trabajador del ámbito sanitario y sociosanitario.

    P. ¿Qué puede significar este reconocimiento del COVID-19 como enfermedad profesional?

    R. Desde el 22 de septiembre, con la publicación del Real Decreto-Ley 28/2020, el contagio por Covid-19 estaba considerado accidente de trabajo, pero sólo para 5 años. Ahora, con la equivalencia a la enfermedad profesional, se reconocen todas las prestaciones derivadas de esta contingencia durante toda la vida. Debemos tener en cuenta las múltiples secuelas de la COVID-19 que desconocemos. Su duración en el tiempo y su gravedad. Aún se están estudiando las secuelas.

    P. ¿Por qué es importante el reconocimiento de Enfermedad Profesional?

    R. Por múltiples razones. En cuanto a la asistencia sanitaria, la cobertura íntegra de gastos no cubiertos por enfermedad común, como por ejemplo los desplazamientos para tratamientos. Los medicamentos son totalmente gratuitos, en enfermedad común del 40%. Y no exige periodo de carencia en la cotización para el derecho a prestaciones, entre otras muchas cosas.

    P. Hablando de contagios en el ámbito sanitario. ¿Se están dando más o menos en esta tercera ola con respecto a las otras dos?

    R. Debemos tener en cuenta dos cuestiones. La primera, que en la primera fase de la pandemia, hasta que se dispusieron de pruebas PCR y se establecieron protocolos, es difícil conocer el número exacto de contagiados. Y segunda, que se ha demostrado una infracomunicación del accidente laboral porque los servicios de prevención achacan la mayor parte de los contagios a la transmisión comunitaria. Es decir, no los comunican como derivación de su actividad laboral.

    P. ¿Faltan EPIS en esta ocasión?

    "Lo que falla, en la mayoría de los casos, es la organización y la aplicación de los protocolos"

    R. No, salvo casos muy puntuales no nos llegan quejas en este sentido. Lo que falla, en la mayoría de los casos, es la organización y la aplicación de los protocolos.

    P. ¿Qué pedirían a Sanidad para que la situación mejorase?

    R. Pedimos y seguiremos reivindicando, pese al desprecio que recibimos de nuestros gestores, entre otras cosas:

    Un refuerzo inminente de las plantillas, por la carga elevada de trabajo y el agotamiento de tantos meses de presión, la carga emocional, estrés y otras situaciones relacionadas con la salud mental de todos los profesionales del sistema sanitario.

    Formación de las y los trabajadores, para que pueden realizar tareas en Servicios Especiales como las UCIS o cualquier otro puesto que requiera de una formación específica. También de afrontamiento del estrés y del conocimiento y gestión de los riesgos laborales, por ejemplo.

    Unos Servicios de Prevención bien dimensionados, acordes con las funciones que tienen que asumir en este momento y con todas aquellas que están pendientes y que son capitales para afrontar y resolver los retos presentes, pero también los que nos encontraremos después.

    Evaluaciones específicas de riesgos por puestos de trabajo, que no están elaboradas. Situación que hemos denunciado desde CCOO a instancias laborales y judiciales. No sólo los EPIs son importantes sino también los procedimientos de trabajo seguros y que las y los trabajadores sepan cómo actuar en su puesto y los riesgos concretos a los que está expuesto.

    Hacer extensivo el uso de las FFP2 a todo el personal. Lo hemos solicitado al Servicio de Seguridad y Salud de la Dirección General de Profesionales sin respuesta. Esta solicitud no es gratuita, ya que a la vista de las nuevas evidencias científicas y hablando de los aerosoles, se ha puesto de manifiesto la escasa protección de las mascarillas quirúrgicas, pues no son equipos de Protección, sino un mero producto sanitario. No nos han aceptado la propuesta de uso para todo el personal de las FFP2 y lo consideramos un error, cuando se está sugiriendo el uso de FFP2 para la población en general.

    Y, por supuesto, el reconocimiento real de todo el personal de Sacyl, sin imponerle castigos y limitaciones de derechos. Por tanto, la retirada, o el compromiso por escrito de no aplicación, del Decretazo sobre prestaciones obligatorias a unas y unos profesionales que no se lo merecen

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