Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO La Rioja | 20 abril 2024.

El SERIS “suspende” unilateralmente la regulación de la bolsa de trabajo de médicos para poder contratar a dedo y establecer diferencias arbitrarias en sus condiciones laborales

    Mediante una Resolución publicada hoy en el BOR el SERIS ha suspendido unilateralmente el Capítulo III de Gestión de las Listas de Empleo Temporal de Médicos, precisamente el que regula la gestión de los llamamientos para la contratación, así como el orden y procedimiento de llamada, para Médicos de Emergencias (061), Médicos de Urgencias Hospitalarias, Médicos de Equipos de Atención Primaria y Pediatras de Área. 

    26/04/2021.

    Con esta imposición normativa unilateral lo que se pretende es poder llamar a dedo a quien se quiera y, de esta forma, teledirigir la cobertura de plazas modificando indirectamente las condiciones laborales arbitraria y caprichosamente, algo que además de chocar con la legalidad vigente tendrá como consecuencia el inmediato empeoramiento de la situación actual de los recursos humanos en nuestro sistema de salud, ya de por sí mala.

    La Resolución publicada hoy en el BOR supone, en realidad, un reconocimiento explícito de incapacidad y fracaso en la captación de profesionales en competencia con el resto de servicios de salud. Además, la inaudita y escandalosa Resolución publicada hoy quiebra absolutamente todos los principios constitucionales de acceso al empleo público: igualdad, mérito capacidad, transparencia, publicidad y libre concurrencia; un error sin precedentes que deberá ser corregido con la mayor prontitud.

    ● En el BOR número 78, de hoy, viernes 23 de abril, ha sido publicada la Resolución de 22 de abril de 2021, de la Dirección de Gestión Administrativa y de Personal, por la que se queda sin efecto el Capítulo III de Gestión de las Listas de Empleo Temporal en relación a las categorías de Médico de emergencias (061), Médico de urgencias hospitalarias, MEAP y Pediatra de Área de la Resolución emitida por esta Dirección el 31 de mayo de 2017. 

    ● Dicha Resolución, firmada por el Sr. Ruiz Colás, hasta hoy Director de Gestión de Personal del SERIS, ha sido iniciativa directa del Sr. Rojas, hasta hoy Director de Recursos Humanos de la Consejería de Salud. 

    En dos mesas sectoriales de negociación, celebradas los pasados días 16 y 21 de abril, el Sr. Rojas había pretendido obtener el respaldo para su iniciativa, hoy publicada en forma de la Resolución citada, encontrándose con el rechazo de todas las organizaciones sindicales presentes en la mesa sectorial, las cuales le advertimos no sólo de la gigantesca torpeza de tal iniciativa sino también de sus consecuencias legales y del empeoramiento directo que supondría para nuestro sistema sanitario público.

    ● Las “Listas de Empleo Temporal” no son sino lo que toda la vida se ha llamado “Bolsa de Trabajo”; las de médicos de Atención Primaria y Facultativos Especialistas de Área (FEA) del SERIS fueron constituidas en 2017 después de muchos años de trabajo y empeño sindical en disponer en el SERIS de una herramienta que hiciese posible la captación de profesionales médicos y la ordenación seria y sensata de sus relaciones de empleo. 

    Además, no conviene olvidarlo, se trata de la herramienta legal que hace efectivo y regula el acceso al empleo público, el cual -como es sabido- puede serlo con carácter fijo (a través de las Ofertas de Empleo Público y los correspondientes procesos de concurso y/o oposición) o bien con carácter temporal precisamente a través de las Listas de Empleo Temporal.

    ● Lo que el SERIS ha hecho esta semana mediante la Resolución publicada hoy en el BOR ha sido suspender unilateralmente el Capítulo III de Gestión de las Listas de Empleo Temporal, precisamente el que regula la gestión de los llamamientos para la contratación, así como el orden y procedimiento de llamada para Médicos de Emergencias (061), Médicos de Urgencias Hospitalarias, Médicos de Equipos de Atención Primaria y Pediatras de Área. Con esta imposición normativa unilateral lo que se pretende es poder llamar a dedo a quien se quiera y, de esta forma, teledirigir la cobertura de plazas modificando indirectamente las condiciones laborales arbitraria y caprichosamente, algo que además de chocar con la legalidad vigente tendrá como consecuencia el establecimiento de diferencias perniciosas y el inmediato empeoramiento de la situación actual de los recursos humanos en nuestro sistema de salud, ya de por sí mala.

    La Resolución publicada hoy en el BOR supone, en realidad, un reconocimiento explícito de incapacidad y fracaso en la captación de profesionales en competencia con el resto de servicios de salud. Además, la inaudita y escandalosa Resolución publicada hoy quiebra absolutamente todos los principios constitucionales de acceso al empleo público: igualdad, mérito capacidad, transparencia, publicidad y libre concurrencia; un error sin precedentes que deberá ser corregido con la mayor prontitud.