Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO Andalucía | 25 abril 2024.

Aportaciones de CCOO sobre liquidación e integración de agencias sanitarias en el SAS

    La FSS-CCOO Andalucía informa sobre la aportaciones y propuestas que el 30 de abril le hemos hecho llegar a la Consejería de Salud de cara a la Mesa en la que se negocian los procesos de liquidación de las agencias sanitarias, de su integración y la de su personal y del proceso de estatutarización del mismo.

    03/05/2021.
    Aportaciones de CCOO sobre liquidción e integración de agencias sanitarias en el SAS.

    Aportaciones de CCOO sobre liquidción e integración de agencias sanitarias en el SAS.

    Las propuestas y aportaciones más importantes son:

    1. Liquidación de agencias: El documento de liquidación de cada agencia debe incluir una relación de todo su personal, especificando el tipo de contrato, y el centro y servicio de destino del trabajador o trabajadora.

    También debe incluirse en el decreto de integración de las agencias en el SAS una especificación de a qué área hospitalaria o sanitaria se adscribe cada centro o si se crea una nueva área con centro en un hospital de una agencia.

    Debe crearse una Mesa Técnica sobre las particularidades de integración de la EPES.

    Deben integrarse en el SAS todas las subcontratas de servicios que en el SAS son 100% propios, como personal administrativo, telefonistas, teleoperadores, etc.

    2. OPE: Tienen que incluirse en la misma a los centros recientemente creados (La Janda, Lebrija, Estepona, Cazorla…) para darle a su personal la misma oportunidad de integrarse como fijos y estatutarizarse como al resto de la plantilla.

    3. Estatutarización: A la propuesta que ya presentamos en la Mesa de que se ofrezca al personal fijo la estatutarización inmediatamente después de la integración, y al personal temporal, una vez terminada la OPE, y que fue acogida favorablemente por la Consejería, añadimos varias propuestas:

    - CCOO exige que se dé la oportunidad de optar a ser personal estatutario a todo el personal laboral con contrato indefinido de la agencias, sea cual sea el procedimiento por el que accedió a su plaza (OPE publicada en BOJA o no, integración, sentencia, decreto…).

    - Con respecto al complemento personal transitorio que cubra las posibles diferencias de salario del personal de las agencias con respecto al SAS, CCOO opina que para su cálculo deben tenerse en cuenta todas las cantidades percibidas por cualquier concepto (salario base, complementos, productividad, rebases, etc.). Con respecto a la antigüedad previa a la estatutarización, proponemos la creación de un concepto propio en nóminas.

    - La antigüedad a efectos de procedimientos de movilidad debe considerarse no sólo desde la fijeza en la agencia, como propone la Consejería, sino también en los casos de haber ingresado en una agencia por medio de la integración de otro centro público, debe reconocerse a estos efectos la antigüedad como fijo en el centro que se integró.

    - Deben crearse en el catálogo de puestos de trabajo del SAS aquellas categorías que existen en las agencias y no tienen un equivalente en el SAS para permitir la estatutarización del personal en su categoría actual.