Nuevo título de Formación Profesional que servirá de referencia para los profesionales del sector de la Dependencia

    16/12/2011. La Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO (FSS-CCOO) valora positivamente la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del Real Decreto 1539/2011, de 4 de noviembre, que establece el título de grado medio denominado ?Técnico de Atención a las Personas en Situación de Dependencia?, que incluye las cualificaciones profesionales de las gerocultoras, auxiliares de ayuda a domicilio y teleoperadores de teleasisitencia, ya que su creación consolida las propuestas presentadas por este sindicato.

    16/12/2011.

    La FSS-CCOO celebra la publicación en el BOE de este nuevo título académico, perteneciente a la familia de los Servicios Sociculturales a la Comunidad, que servirá de referencia para los profesionales del sector de la Dependencia, a la vez que será una guía para todos los procesos de acreditación, ofertas de empelo y clasificación profesional. Este título da respuesta a las demandas realizadas por este sindicato y consolida las propuestas presentadas por la FSS-CCOO ante el Instituto Nacional de las Cualificaciones y el Observatorio sobre empleo, cualificaciones y análisis del sector, creado en el Convenio Marco Estatal de Servicios de Atención a las Personas Dependientes y Desarrollo de la Promoción de la Autonomía Personal.

    Competencias

    La competencia general de este título, cuyo currículo se implantará en el curso escolar 2012/2013, consiste en atender a las personas en situación de dependencia, en el ámbito domiciliario e institucional, a fin de mantener y mejorar su calidad de vida, realizando actividades asistenciales, no sanitarias, psicosociales y de apoyo a la gestión doméstica, aplicando medidas y normas de prevención y seguridad, y derivándolas a otros servicios cuando sea necesario.

    Entre los objetivos de esta nueva enseñanza del ciclo formativo, se encuentran el de identificar las posibilidades y limitaciones de las personas en situación de dependencia, seleccionando el tipo de ayuda según sus niveles de autonomía y autodeterminación para la realización de las actividades de higiene personal y vestido; y la interpretación de las prescripciones dietéticas establecidas en el plan de atención individualizado, adecuando los menús y la preparación de alimentos para organizar la intervención relacionada con la alimentación.

    En el enlace adjunto que aparece al final de esta noticia pueden acceder al texto íntegro del Real Decreto 1593/2011, de 4 de noviembre, publicado en el BOE.

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